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lunes, 28 de abril de 2008

Un Tribunal Español Repele la Rogatoria Que Solicita la Extradición de Isabelita



De la web www. Hispanidad.com/noticias del día de la fecha, surge una noticia que nos toca de cerca a los argentinos, ya que se refiere a que la Sala en lo Penal de la Audiencia Nacional, decidió rechazar dos pedidos de extradición de María Estela M. de Perón, que fue vicepresidenta, en ejercicio de la Argentina, en la década del 70. Cuando se afectó a la citada, a la causa criminal en la que se investigaban los crímenes de la Triple A, se comentó que esa causa podría eventualmente sufrir influencias de orden político. Y, al parecer, algo de ello sucedió, por cuanto en España su justicia rechazó el pedido, no por ser ciudadana española y argentina, como se ocuparon los medios de difundirlo, erróneamente, sino porque se estimó prima facie, que el accionar que se le imputaba, no podía calificarse de delitos de lesa humanidad, los que son imprescriptibles.Al menos la Justicia argentina no le imputó formalmente tales delitos internacionales. Consultamos el auto nº8/2008 del 28 de abril ppdo. y pudimos establecer que hasta el Fiscal español, advierte que "La expresión “Terrorismo de Estado” no existe, es desafortunada, el Estado no puede subvertirse a sí mismo". Es decir el propio representante del Ministerio Público de España, se mostró asombrado que este término, usualmente utilizados por nuestra Justicia, y que no existe, sea utilizado para fundamentar un auto de procesamiento. El Tribunal, mas adelante, fundamenta lo que motiva que no sea dable advertir la existencia de delitos de lesa humanidad en la actividad de Isabelita, contrariamente a lo que sostiene la Justicia Argentina, y obliga a tener como prescripta la acción penal derivada de los eventos delictivos, delitos comunes, que se le reprochan.
"MADRID, 28 (EUROPA PRESS) La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado entregar a Argentina su ex presidenta María Estela Martínez, más conocida como 'Isabelita' Perón, perseguida por la justicia de su país por su presunta implicación en los crímenes de la Triple A y en la desaparición de dos ciudadanos argentinos. El tribunal, presidido por el juez Fernando García Nicolás, estima que estos delitos no entran en la categoría de lesa humanidad y que por ello han prescrito. Según explica el tribunal en dos autos hechos públicos hoy los delitos que podrían atribuirse a 'Isabelita' son en todo caso de asociación ilícita en el caso de la Triple A --que prescribe a los 10 años-- y de detención ilegal en relación con la desaparición de los dos ciudadanos, que prescribe a los 20. Los magistrados no han encontrado indicios en la documentación remitida por los jueces argentinos que permita concluir que cometió delitos de lesa humanidad, los únicos imprescriptibles. Así, el auto relativo a la Triple A especifica que el juez que solicita la extradición, Norberto Oyarbide, no imputa a la reclamada haber pertenecido a esta organización ni haber cometido los crímenes que se atribuyen a esta agrupación criminal. "No atribuye a la reclamada ni la muerte, ni los secuestros ni las desapariciones perpetradas por la Triple A que serían las acciones que tendrían cabida" en la lesa humanidad, destaca el escrito. La Alianza Anticomunista Argentina --conocida como la Triple A--, fue una organización parapolicial de ultraderecha cuyos miembros son acusados de unos 1.500 homicidios a subversivos durante los años setenta y que tuvo su mayor apogeo durante la presidencia de Martínez de Perón cuando José López Rega era ministro de Bienestar Social. El tribunal ante el que compareció 'Isabelita' Perón para su vista de extradición especifica que la implicación de la ex presidenta argentina en estos crímenes ya quedó archivada en julio de 1989 y destaca que no observa la existencia de datos nuevos que justifiquen la reapertura del caso. "Si lo que se le imputa es una colaboración con la Triple A esa cooperación ya podía presumirse con los datos que había en la causa cuando es archivada", dice el auto. Los magistrados se muestran "extrañados" por el hecho de que 30 años después de ocurridos los hechos, se pretenda la extradición y de que para ello "se acuda a construir la figura de un delito imprescriptible". Indican la interpretación realizada por el juez federal Oyarbide resulta "forzada". Recuerdan también que la responsabilidad penal es estrictamente personal "y no puede surgir de una genérico apoyo político o ideológico". Por ello la imputación requiere que sea precisa "una cierta capacidad de control o al menos un conocimiento sobre el mismo", circunstancias que según los magistrados no concurren en este caso. La única actuación que podría atribuirse a la ex presidenta argentina es la participación en una reunión celebrada el 8 de agosto de 1974 en la que se proyectaron fotografías de las personas que serían asesinadas por actividades subversivas y en concreto se determinó la eliminación de Julio Troxler. No obstante el hecho de que 'Isabelita' presidiera la reunión "no indica nada" porque el hecho de que viera las imágenes no indica que decidiera las ejecuciones. En cuanto al acuerdo para la ejecución de Troxler, los magistrados especifican que no hay manera de saber si fue aprobada por todos los presentes o si hubo quienes discreparan. El tribunal ha dictado un segundo auto rechazando la extradición en el caso del secuestro y desaparición de por la desaparición en 1976 de Héctor Aldo Fagetti Gallego, de 26 años, quien el 10 de marzo de 1976 "desapareció definitivamente", un mes antes de que la presidenta fuese derrocada por un golpe militar, y por la privación ilegal de Jorge Verón, un menor de 17 años de edad. Los jueces explican que para poder considerar a la ex presidenta responsable en este caso de crímenes de lesa humanidad es necesario demostrar que tenía "un nivel de control o de capacidad material similar a la de los comandantes militares. Llegar a esta conclusión a través de la documentación remitida para la extradición "resulta complicado", destaca el auto. "Mal podía conocer y reprimir la reclamada las conductas por las que se interesa su entrega cuando al mes siguiente de ocurrir los hechos fue depuesta de manera violenta y privada de libertad durante más de cinco años por razón del golpe de Estado". 'Isabelita', que gobernó Argentina entre 1974 y 1976, fue detenida en su domicilio madrileño el 12 de enero de 2007 por orden del juez Juan del Olmo, después de que la Justicia argentina solicitara su arresto. El magistrado decidió dejarla en libertad provisional con comparecencias quincenales a la espera de la decisión sobre su entrega."
Tal resolución revela que no es tan fácil colegir, así como así, ciertas conclusiones de elementos probatorios insuficiente, en algunos casos, o apelando a figuras penales internacionales, de origen criollo, inaplicable en cualquier civilizado, democrático y respetuoso del principio de legalidad.

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